Imagen tomada de: Alcaldía de Facatativá

La administración municipal de Facatativá anunció la modificación del Decreto 142 de 2020 por medio del Decreto 158 de 2020. En este documento se imparte diversas medidas para el mantenimiento del orden público teniendo en cuenta la emergencia sanitaria que afronta el país y tendrán vigencia hasta el próximo 15 de julio.

Entre las medidas más destacadas se encuentran:
– Pico y cédula: Se mantiene el esquema de dos dígitos cada día, que se extiende a los días sábado.

El miércoles 1 de julio, se tendrá vigente la medida de pico y cédula (5, 6 y 1), se autoriza la apertura de establecimientos comerciales permitidos y se aplicarán las demás normativas vigentes.
IMPORTANTE: Para este viernes 3 de julio, segunda jornada de “Día sin IVA”, estarán vigentes las siguientes medidas:
– No habrá restricción de pico y cédula
– Las personas podrán salir a hacer sus compras teniendo su género, en dos horarios del día, así:
– Hombres podrán hacer sus compras de 7:00 A.M. a 1:00 P.M.
– Mujeres podrán hacer sus compras de 1:00 P.M. a 7:00 P.M.
A los miembros de la comunidad LGBTQ se les tendrá en cuenta su convicción y manifestación de sexualidad.

– Los locales comerciales que realicen ventas mediante pago con tarjetas de crédito o débito y otros mecanismos de pago electrónico, podrán funcionar desde las 7:00 A.M. a 7:00 P.M.

– La aplicación de normas sanitarias y protocolos de bioseguridad será estricta. El local que lo incumpla podrá ser sancionado e incluso cerrado. Si el local se encuentra dentro de un Centro Comercial, este podrá ser cerrado totalmente si se incumplen las normas.

– Tenga en cuenta: de acuerdo a la Circular Conjunta emitida por el Ministerio del Interior para esta jornada, se suspende la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicación en almacenes y establecimientos de comercio de “Grandes superficies”.

– Vehículos: Se mantiene la suspensión del pico y placa.
Solo se permite la circulación de dos personas por vehículo particular respetando el pico y cédula, o si se encuentra dentro de las excepciones incluidas en el Decreto Nacional.
Se mantiene la prohibición del parrillero en moto.

Los domingos, debido al aislamiento general no habrá servicio de transporte urbano. Solo se prestará el servicio de taxis.
– Domiciliarios: Prohibido el transporte y despacho de bebidas alcohólicas a partir de las 6:00 P.M.

Los bancos funcionarán en el horario fijado por la Superintendencia Financiera
Todos los establecimientos en los que se desarrollen trámites financieros y servicios bancarios (recaudos, pagos y giros) continuarán con un horario permitido de funcionamiento de 8:00 A.M. a 6:00 P.M.

Los establecimientos de comercio como distribuidores de elementos de construcción, papelerías, pañaleras, desechables, ferreterías, misceláneas, talleres de mecánica, lavaderos de carros podrán funcionar en horario de 8:00 A.M. a 7:00 P.M.
Los establecimientos de comercio parqueaderos, podrán desarrollar su actividad en horario comprendido entre las seis de la mañana 6:00 A.M. a 6:00 P.M.

Las actividades como odontologías (solo en caso de urgencias), optometrías y lavandería (esta última actividad solo mediante servicio a domicilio) podrán funcionar en horario de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

Los establecimientos de comercio que desarrollen actividades de compraventa con pacto de retroventa podrán funcionar en horario de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

IMPORTANTE: No está permitido el expendio de licor en ningún establecimiento, para consumo en
el interior del lugar, ni frente a este. Tampoco se permite el consumo de alimentos o bebidas que se hayan comprado en el establecimiento, al interior o en frente de los mismos locales. Solo funcionan para domicilios y compra para llevar.

– Los trasteos tanto en hogares como en locales comerciales estarán autorizados en el municipio en algunos casos por la Secretaría de Gobierno. Escriba al correo gobierno@facatativa-cundinamarca.gov.co, detallando brevemente la justificación y anexando los soportes.

Consulte el documento completo a través del siguiente enlace: h https://facatativacundinamarca.micolombiadigital.gov.co/sites/facatativacundinamarca/content/files/000682/34061_decreto-158-de-20201.pdf

Tomado de: Alcaldía de Facatativá.