Según la cita el Decreto 847 de 2020, el presidente Iván Duque había anunciado en días pasados que los aeropuertos locales podrían iniciar planes piloto para transporte de pasajeros vía aérea, con la autorización del Ministerio del Interior, el Ministerio de Transporte y la Aeronáutica Civil, mientras que; “la ciudad de origen como la de destino lo hayan solicitado y se cumplan los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.
El Ministerio de Salud emitió la resolución 1054, en la cual se señalan las medidas de bioseguridad para el transporte de pasajeros en los aeropuertos del país, esto indica que pronto se reabrirían los vuelos nacionales. Por lo tanto, el protocolo de bioseguridad “aplica a los operadores de aeropuertos, aerolíneas y explotadores de aeronaves, empresas de transporte, agencias de aduana, a las secretarías de salud (…) y a los pasajeros de medios de transporte aéreo en el territorio nacional”.
Estas serían algunas medidas para los pasajeros:
Ingresar al terminal máximo 2 horas antes de la hora prevista para la salida de su vuelo. Permitir el ingreso al terminal únicamente a personas que laboren en instalaciones aeroportuarias identificadas con carné aeroportuario, a autoridades aeroportuarias y a pasajeros que presenten el documento de identidad, según corresponda y su pasabordo de check-in, de manera impresa o por medio electrónico.
Para los casos excepcionales de pasajeros que no hayan podido realizar su check-in previamente, se le permitirá el ingreso y se remitirá al módulo efe facturación de la aerolínea. En el caso de pasajeros que necesiten asistencia especial o menores de edad, se permitirá el ingreso de un acompañante.
Igualmente, se señala las medidas que deben tomar los aeropuertos, entre ellas:
Instalar avisos en las zonas externas de ingreso de pasajeros, que prohíba el parqueo prolongado de vehículos mientras descienden los pasajeros y equipaje de este, y coordinar con la autoridad de tránsito para imponer infracciones al desacato de la norma. Como también, limitar la cantidad de puertas de acceso al área pública de la terminal y disponer de personal de seguridad en cada puerta habilitada, para controlar el ingreso de pasajeros y funcionarios de las diferentes empresas públicas y privadas.
Fuente: El Tiempo.com